SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0668/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0668/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

1)

Mirna Sandra Molina Villarroel, Vocal de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, mediante informe escrito cursante a fs. 277 y vta., manifestó que: 1) La extendida acción tutelar planteada, desarrolla una frenética y desordenada protesta del impetrante de tutela,  circunscrita a supuestos, como los generadores de vulneración de derechos fundamentales y principios constitucionales, que no corresponden a la verdad, y hacen imposible su consideración, peor su concesión, conforme a la jurisprudencia establecida por el Tribunal Constitucional Plurinacional; por lo que, no resulta viable considerar el fondo de la problemática planteada, al no estar cumplidos los insumos establecidos, en relación a la interpretación de legalidad ordinaria, omitiendo subsumir y justificar al caso concreto y precisando la relevancia constitucional que posibilite la apertura de competencia; y, 2) El accionante conforme a su planteamiento limita al Tribunal de garantías abrir su competencia para analizar y resolver la acción de defensa planteada, develando tosquedad e ineludible omisión de presupuestos que conllevan la obligación de revisar exhaustivamente el memorial de la acción de amparo constitucional  que se circunscribe a enunciar simplemente el derecho ilusoriamente vulnerado sin la mínima relación de causalidad, sin fundamentar el mismo, exponiendo las razones por las cuales considera la vulneración del referido derecho respecto de los actos impugnados, que si bien el impetrante de tutela quisiera subsanar en audiencia, resulta procesalmente extemporáneo.