SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2016-S3
Fecha: 09-Jun-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público por la presunta comisión del delito de tentativa de violación, el 8 de marzo de 2016 se llevó a cabo audiencia de consideración de medidas cautelares, en la cual se dispuso su detención preventiva y a cuya finalización interpuso apelación incidental, la que debió ser remitida para su sorteo en Sala dentro de las veinticuatro horas; sin embargo, pese a que se dejó dinero para la legalización del Testimonio de apelación, transcurrieron más de siete días sin que se cumpla con dicha remisión.
Luego de estar varios días a la espera de la aludida remisión, “…ahora recién supuestamente asigna día y hora de remisión de apelación y día y hora de audiencia de cesación a la detención preventiva con fecha retroactiva (como si hubiera cumplido con el término legal), a pesar de tener conocimiento de que ya cursaba en su contra una acción y apelación… (sic)”.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2. Análisis del caso concreto
- y si en ese ínterin el imputado presenta una solicitud de cesación a la detención preventiva el Juez de la causa no puede resolver ambas solicitudes paralelamente con el fin de evitar la duplicidad de fallos que ocasionen disfunciones procesales
- REVOCAR en parte