SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0670/2016-S3

Fecha: 09-Jun-2016

II.2.

II.2. Consta acta de audiencia de medidas cautelares y declaratoria en rebeldía de 8 de marzo de 2016, que evidencia que el abogado del hoy accionante, presente en el referido acto procesal, dio a conocer “…el impedimento de su defendido por razones de salud…” (sic); ante ello, Armando Navia Rojas, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del  departamento de Cochabamba -ahora demandado-, consideró que ante la no presencia del imputado -actual accionante- en la audiencia y al no haber presentado un justificativo respecto a las razones para su inconcurrencia, declaró rebelde al último nombrado, disponiendo se expida mandamiento de aprehensión, con la finalidad de que sea conducido ante dicha autoridad judicial; y, ordenando la publicación del edicto respectivo y el arraigo, designándose defensor de oficio (fs. 47 y vta.).