SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0680/2016-S1

Fecha: 15-Jun-2016

La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de

Por su parte, el art. 180.I también constitucional, ha determinado que: “La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez” (las negrillas son agregadas).