SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0683/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
i)
i) Oscar Aguirre Soto, en calidad de Responsable Departamental de Odontología del SEDES de La Paz, servidor público interesado por supuesta afectación directa, y Yuko Hiramatsu, Presidenta del Comité Calificador Escalafón Profesional 2012, solicitaron la investigación acerca de la institucionalización de Marcelo Álvaro Palenque de la Quintana -ahora accionante-, constituyéndose en denunciantes; de igual forma se hace referencia a la Nota GADLP/SEDES-LP/UAJ/INT. 109/2014 de 12 de septiembre, donde la “Directora Jurídica” emite dictamen a título de la remisión de antecedentes estableciendo la existencia de irregularidades en la supuesta institucionalización del accionante basada en criterios subjetivos y no en función de la investigación solicitada, determinando la aplicación de las Leyes de Administración y Control Gubernamentales, de Lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” y el Reglamento Interno de Personal. Asimismo, y dentro de sus fundamentos de hecho, establece que Oscar Aguirre Soto, en calidad de Responsable Departamental de Odontología del SEDES de La Paz, al momento de prestar su declaración informativa dentro del proceso administrativo interno contra el hoy accionante, demuestra un interés personal en el tratamiento del caso, eso en razón de buscar una manifiesta acción contra el citado denunciado en función de aprovechar su condición de responsable y el otro de relacionar su situación de una supuesta titularidad del ítem 2430 con el ahora accionante, aspecto que debió determinar la tacha de dicha declaración; por cuanto, no guarda el principio jurídico de equidad e imparcialidad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones como elementos del debido proceso
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- b)
- c)