Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2016-S3
Fecha: 14-Jun-2016
a)
Solicita se conceda la tutela, ordenándose: a) El rechazo de la introducción de la prueba de declaraciones informativas de Jorge Yulliano Arista Alcocer de 6 y 30 de junio de 2015, propuestas por la autoridad disciplinaria demandada; y, b) El rechazo de la declaración de Jorge José Valda Daza de 5 de igual mes y año, además de su declaración ampliatoria de 30 de ese mes y año, así como todo otro documento que pueda ser introducido por su lectura y que no cumpla con lo establecido por el art. 333 última parte del CPP.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- Fragmento 8
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos concurrentes de activación de la acción de libertad ante procesamiento ilegal o indebido
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión
- III.2. Análisis del caso concreto
- dicho entendimiento fue reconducido por la SCP 1609/2014
- CONFIRMAR