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    AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2016-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0213/2016-RCA

    Fecha: 20-Jul-2016

    1)

    Asimismo el Auto de 24 de junio de igual año (fs. 238), establece que la parte accionante debe subsanar dos aspectos: 1) Cumplir lo previsto por el  art. 33.2 del Código Procesal Constitucional (CPCo), datos que no son claros; 2) Señalar con exactitud en que Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia se encuentran los antecedentes que mencionan en el otrosí segundo del memorial (fs. 167 a 178 vta.).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • improcedencia
    • I.
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • lo que implica que el recurrente podrá ejercer nuevamente la acción tutelar dentro del plazo que quede.
    • 27 de noviembre de 2015
    • 2 de junio de 2016
    • CONFIRMAR

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