AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0221/2016-RCA

Fecha: 28-Jul-2016

I.5. Síntesis de la impugnación

La empresa accionante por intermedio de su representante, manifiesta que la Ley de Procedimiento Administrativo es de 2002, que si bien se encuentra vigente, excluye a los procesos de control gubernamental para los recursos de revocatoria y jerárquico, ya que, el Dictamen de responsabilidad civil no es impugnable y tiene valor de prueba pre constituida, por supuestas multas, obligación desconocida en un debido proceso de resolución de contrato ante un juzgado civil, que en el peor de los casos debía ordenar causal de resolución de contrato, “…pero no así el proceso coactivo por ser especulativo y después de casi 10 años atrás como ordena el dictamen fiscal”.