Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0776/2016-S3
Fecha: 04-Jul-2016
II.8.
II.8. A través de certificación de 7 de marzo de 2016, el Servicio Departamental de Salud (SEDES) Tarija, mediante la Unidad de Salud Ambiental Programa Salud Ocupacional, certifica que Daniel Yerko Salinas Campos, es “Paciente orientado en tiempo y espacio con antecedente de displasia de cadera, padece lumbalgia que se exacerba con la movilización, miembros inferiores hipo tróficos hipotónicos con dificultad a la movilización” (sic), siendo el diagnostico artrosis severa de cadera bilateral, portador de prótesis total de cadera, con una discapacidad física severa permanente (fs. 29).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ARTÍCULO 71° (CONDICIONES DE FUNCIONARIO PROVISORIO)
- los funcionarios designados y los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios, por cuanto su ingreso a una entidad pública no es resultado de aquellos procesos de reclutamiento y selección de personal, sino que obedece a una invitación personal del máximo ejecutivo para ocupar determinadas funciones de confianza o asesoramiento en la institución
- reconocerse que tampoco es absoluto
- la jurisprudencia de este Tribunal
- los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios
- III.3. Análisis del caso concreto
- funciones de libre nombramiento
- CONFIRMAR