Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2016-S3
Fecha: 18-Jul-2016
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
Celebrada la audiencia pública el 2 de marzo de 2015, según consta en el acta cursante de fs. 168 a 173, luego de una suspensión previa de la misma el 27 de febrero del citado año conforme cursa de fs. 13 a 14, en presencia de la parte accionante y de algunas autoridades demandadas, y en ausencia del representante del Ministerio Público, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación,
- III.2. La finalidad de la declaratoria de rebeldía y la comparecencia del declarado rebelde
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR