SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0780/2016-S3

Fecha: 18-Jul-2016

II.2.

II.2. En mérito a la solicitud de documentación complementaria dispuesta mediante Decreto Constitucional de 1 de septiembre de 2015 (Ver punto I.3), el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz remitió únicamente el Auto Interlocutorio de Rebeldía de 26 de febrero de 2015, emitido dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público a instancia del Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, y el Ministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción, el cual refiere en su parte considerativa: i) La solicitud de declaratoria de rebeldía contra el hoy accionante por parte del querellante -Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción-; y, ii) El accionante fue legalmente notificado para la audiencia conclusiva, y no compareció al llamado de la autoridad jurisdiccional y tampoco justificó su incomparecencia; por lo que, declaró rebelde al mismo, en mérito a lo cual, dispuso su arraigo, la expedición de mandamiento de aprehensión y designación de un abogado defensor de oficio (fs. 188).