AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0226/2016-RCA

Fecha: 03-Ago-2016

I.

La Empresa accionante refirió que el Juez de garantías no consideró que nadie puede emitir resoluciones fuera de la ley, menos la autoridad demandada y que no existiría subsidiariedad de acuerdo al procedimiento administrativo dada la naturaleza de esa Resolución Administrativa Departamental, de acuerdo  a la SCP 0928/2012 de 22 de agosto, que moduló el procedimiento de resolución de contratos pues no se pueden utilizar los recursos de revocatoria y jerárquico como medios de impugnación; y que, no se encuentra fuera de plazo por inmediatez, solicitando al Tribunal Constitucional Plurinacional, modifique esa Resolución.