AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2016-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0244/2016-RCA

Fecha: 29-Ago-2016

I.1. Síntesis de los hechos que la motivan

Por memorial presentado el 4 de agosto de 2016, cursante de fs. 19 a 26, los accionantes manifiestan que mediante acciones de hecho, el 8 de marzo del citado año a “horas 01:00”, más de setenta funcionarios policiales y del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, por orden de la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) de dicho Municipio, fueron violentamente a desconectar la corriente eléctrica desde los postes a sus puestos de venta, ubicados en las calles Nataniel Aguirre esquina José Prudencio Bustillos de la mencionada ciudad, siendo despojados y expulsados de los mismos, colocando su mercadería en volquetas; actos dirigidos por Mirko Sanabria, Intendente Municipal y César Pardo, responsable policial; Harold Coronado y actual Director de Tráfico y Vialidad, ignorando la existencia de mujeres embarazadas, personas de la tercera edad y que en varios puestos se encontraban pernoctando con sus hijos menores de edad, incluso sin autorización alguna, subieron a un camión al menor NNN, quien fue trasladado a la Coordinadora de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia.

Además sostienen que redujeron a las personas que demostraban oposición a dicho acto, arrebatando su mercadería; por lo que, la accionante Elena Bejarano Choque, solicitó la presencia de un Notario de Fe Pública a efectos de realizar un inventario, ante dicha petición el Intendente Municipal, indicó que se encontraba una Notaria, quien no estaba obligada a levantar ningún registro.