SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
III.4. Análisis del caso concreto
Conforme se precisó en el párrafo introductorio de los Fundamentos Jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, el accionante denuncia como argumento sustancial de su demanda, la vulneración de su derecho al debido; pues las autoridades demandadas al resolver el recurso de casación por AS 1105/2015, incurrieron en una errónea aplicación de la ley sustantiva civil al no percatarse del error al tramitarse un proceso ordinario de anulabilidad de contrato cuando el mismo debía haber sido de nulidad por existir una ilicitud en el contrato de transferencia de inmueble, conforme al art. art. 549.3 del CC, por lo que correspondía a las autoridades demandadas observar de oficio dicho precepto aplicando el art. 17 de la LOJ.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional, su configuración
- Fragmento 12
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria
- «La interpretación de las normas legales infra constitucionales, de manera general, es atribución exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios; así, a través de la presente acción tutelar, no es posible que esta labor sea conocida por la jurisdicción constitucional como una instancia de casación adicional o complementaria ante la que pueda solicitarse un nuevo análisis de la interpretación efectuada, salvo que la problemática concreta adquiera relevancia constitucional, cuando se advierta afectación a algún derecho fundamental o garantía constitucional y un evidente desconocimiento de los principios rectores en los que se fundamenta la jurisdicción ordinaria».
- 3) Establezca el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación absurda, por no aplicar la interpretación que considera debió efectuarse, y los derechos y/o garantías que conforman el bloque de constitucionalidad, y que han sido lesionados con dicha interpretación, explicando sí el resultado, cuál la relevancia constitucional».
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo