Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.2.
II.2. Del memorial presentado por Walter Narciso Calle Aracena, en el que pidió la cesación a la detención preventiva, se colige que la autoridad jurisdiccional, el 17 de ese mes y año, en audiencia de consideración de medida cautelar requerida por el Ministerio Público ordenó la detención preventiva del nombrado imputado, a cumplir en el Centro de Readaptación Productiva Santo Domingo de Cantumarca (fs. 49).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso
- Fragmento 13
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por los representantes del Ministerio Público
- III.4. Conversión de la acción
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo