SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0732/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II.5.
II.5. El 24 de diciembre de 2015, mediante la Resolución Jerárquica de conversión de acciones, la autoridad hoy demandada, manifestando que la víctima Rosa Cruz Jaita, si bien de acuerdo al art. 26 del CPP, pidió la conversión de la acción penal; sin embargo, no cumplió con la normativa legal prescrita, a más que dicho petitorio no cumple con el art. 46 de la Ley 348 (Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia) que establece la prohibición de la conciliación en cualquier hecho de violencia contra las mujeres que comprometa su vida e integridad sexual y que de acuerdo al art. 15 y ss. de la CPE, el Estado asume y promueve con prioridad la erradicación de violencia hacia las mujeres (fs. 50 a 51 vta.).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 11
- III.2. El debido proceso
- Fragmento 13
- III.3. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por los representantes del Ministerio Público
- III.4. Conversión de la acción
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo