SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0735/2016-S2
Fecha: 08-Ago-2016
II
La accionante manifiesta que los demandados Ildefonso Núñez López, Representante Legal; Lía Rojas de Flores, Gerente Regional; Luis Fernando Telchi Vallejos, Jefe Nacional de Prestaciones y Control de Gestión; y, Heidy Yobana Aguilera Rosado, Gerente Comercial y de Operaciones, todos de BBVA previsión AFP S.A., sin previo aviso, tampoco memorándum alguno ni considerar que se hallaba en estado de embarazo, dispusieron de forma intempestiva su despido; y, no obstante que la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba, emitió la Conminatoria MTEPS/JDTCBBA/ 231/2015 de 21 de diciembre, ordenando que los demandados en el plazo máximo de cinco días hábiles procedan inmediatamente a su reincorporación laboral y efectúen el pago de sus salarios devengados, no dieron cumplimiento a dicha conminatoria, hecho que a su entender vulnera su derecho a la inamovilidad laboral.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación, el nasciturus y el progenitor
- III.3. Del derecho a la seguridad social
- III.4. Jurisprudencia reiterada respecto al cumplimiento de la conminatoria de reincorporación emitida por la Jefatura Departamental de Trabajo por parte del empleador
- III.5. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR