SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2016-S1

Fecha: 03-Ago-2016

Fragmento 5

Clemencia Masai Ortiz, por intermedio de su abogado en audiencia hizo conocer que en el proceso de interdicto de recuperar la posesión, ENFE presentó tercería de dominio excluyente sobre un inmueble que transfirió en diciembre de 2011, mismo que fue rechazado por la Jueza de la causa, Resolución con la cual se notificó en tablero de la Secretaría del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, conforme dispone el art. 82 del Código Procesal Civil (CPC), en razón que la finalidad de ENFE solo era dilatar el proceso, no reclamó ni presentó las fotocopias requeridas; es decir, consintió ese actuado al no realizar ningún pronunciamiento al respecto; por lo que, no existe legitimación activa para que la hoy accionante reclame derechos de ENFE que no fueron vulnerados; en ese entendido, esta acción de amparo constitucional debe declararse improcedente, conforme establecen los arts. 53 y 54 del Código Procesal Constitucional (CPCo).