SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2016-S1
Fecha: 03-Ago-2016
concedió
El Juez Público Mixto y de Sentencia Penal Segundo de Punata del departamento de Cochabamba, en suplencia de su similar Primero, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 11 de abril de 2016, cursante de fs. 87 a 88 vta., concedió la tutela solicitada con relación a Ricarda Oropeza de Pérez, Deysi Cossio Ricaldez y Quintín Coca Contreras, respecto al derecho al agua, y denegó la misma en cuanto a Francisco Maldonado Camacho, Alvino Álvarez Lizarazu, Eloina Maldonado de Velarde, Flaviano Velarde Montaño, Constantino Montaño Alvarado, Ángel Álvarez Lizarazu y Antonio Montaño Jaldín, disponiendo a cuyo efecto que los demandados restituyan en forma inmediata el suministro de agua potable, si aún no lo hubieran hecho en las viviendas de los afectados; en base a los siguientes fundamentos: i) Los demandados han reconocido que procedieron a cortar el suministro de agua potable de tres de los accionantes, medida asumida por vías de hecho, que implica la restricción del derecho constitucional al agua; y, ii) Corresponde conceder la tutela demandada respecto al derecho al agua, al constituir el mismo un líquido elemento y primordial para la vida misma y por consiguiente de inmediata consideración.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- un mecanismo de defensa jurisdiccional, eficaz, rápido e inmediato de protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales, cuyo ámbito de protección se circunscribe respecto de aquellos derechos fundamentales y garantías, que no se encuentran resguardados por los otros mecanismos de protección especializada que el mismo orden constitucional brinda a los bolivianos, como la acción de libertad, de protección de privacidad, popular, de cumplimiento, etc.
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- III.3. El derecho de acceso al servicio de agua potable. Desarrollo jurisprudencial
- III.4. Cesación del acto reclamado como lesivo
- radica básicamente en el hecho de que la resolución o acto de la autoridad o particular denunciado de ilegal, por su voluntad o por mandato de otra autoridad superior, hubiere quedado sin efecto antes de la notificación con el amparo al que hubiere dado lugar
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- III.5.1. Otra consideración