SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2016-S1

Fecha: 03-Ago-2016

III.5.1.   Otra consideración

Cabe precisar que uno de los argumentos vertidos por los demandados en la audiencia de consideración de la acción tutelar, fue que el corte al suministro de agua potable se debe a que los accionantes estarían utilizando el mismo para el riego de sus tierras y no para el uso doméstico; corresponde mencionar, que si bien es cierto que ninguna persona o grupo social, puede restringir el acceso a ese líquido elemento; sin embargo, no es menos cierto que el ejercicio del mismo no implica su uso indiscriminado, constituyéndose en obligación de todo ciudadano su uso racional, obligación que integra a los miembros de las comunidades; toda vez que, el uso inadecuado del agua debe evitar el quiebre de la convivencia colectiva, dando primacía a la búsqueda del “vivir bien” respetando las normas y procedimientos propios que regulan el uso del agua.