SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2016-S1

Fecha: 03-Ago-2016

Fragmento 16

Sobre el particular corresponde señalar que de acuerdo a la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.4 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, la cesación del acto reclamado procede hasta antes de la notificación con la demanda de acción de amparo constitucional y tiene como efecto la denegatoria de la tutela; en el caso presente se advierte que la acción tutelar fue interpuesta el 5 de abril de 2016, siendo puesta en conocimiento de los demandados el 8 del citado mes y año, conforme se tiene de las diligencias de notificación cursante de fs. 50 a 52 vta., lo que significa que los efectos del corte de las tuberías que suministran agua potable a los domicilios de Ricarda Oropeza de Pérez, Deysi Cossio Ricaldez y Quintín Coca Contreras no cesaron, pese a que dicho servicio fue restituido; por lo que, se entiende que no concurre el hecho superado que imposibilite ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.