SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2016-S2

Fecha: 22-Ago-2016

nulidad del Acuerdo 040/2016 del Consejo de la Magistratura y la Convocatoria 04/2016 de 22 de marzo del mismo año

En el caso concreto, la génesis de la problemática planteada reside en el hecho de que el Consejo de la Magistratura mediante Acuerdo 040/2016, aprobó el “Reglamento Específico del Proceso de Preselección, Selección y Designación de Vocales de Tribunales Departamentales de Justicia”; toda vez que, el contenido del art. 7 inc. b) de dicha norma, determinó que a efectos de la ejecución del referido proceso, el Consejo de la Magistratura conformará una comisión integrada por el Tribunal Supremo de Justicia, contraviniendo normas constitucionales y legales que modifican las atribuciones establecidas en la Constitución Política del Estado y la Ley del Órgano Judicial, en consecuencia, solicitando nulidad del Acuerdo 040/2016 del Consejo de la Magistratura y la Convocatoria 04/2016 de 22 de marzo del mismo año.

Al respecto, el ahora accionante señala que el 2010 se presentó a la convocatoria pública a nivel nacional emitida por el Consejo de la Judicatura –ahora Consejo de la Magistratura– para la selección y designación de Vocales en los cargos acéfalos en los nueve departamentos, llegando a aprobar en la calificación de méritos y el posterior examen teórico, quedando habilitado para ser designado posteriormente como Vocal.