SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0772/2016-S2
Fecha: 22-Ago-2016
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El representante de la empresa accionante denuncia la vulneración del derecho al debido proceso, vinculado con el principio de seguridad jurídica, toda vez que, la CNS le notificó con el Cite 01, informándole que a raíz del retraso en la entrega de los productos por parte de “Laboratorios A.B.D.”, estaban rescindiendo contrato, ya que las multas emergentes de la entrega de dicho producto, generaron un porcentaje del 23% en referencia al monto total adjudicado, que es superior al límite permitido, hecho que a su criterio, deriva en la resolución del contrato; causándoles perjuicio y daño irremediable; toda vez que, la empresa que representa fue descalificada de una licitación en la cual ya fue adjudicada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “improcedente”
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- Ello implica que debe existir una relación directa entre el recurrente y el derecho que se invoca como violado, en función del interés personal que tiene quien pide el Amparo
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo