Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera como lesionados sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la presunción de inocencia y a la defensa, asimismo sostuvo la inobservancia del principio de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 13, 22, 23, 115.II, 116.I, 117.I, 119.II, 178, 180 y 256.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); 8.2 incs. d), e) y f), y 9 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 10 y 11 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; y, XXVI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- i)
- el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados, en el que el tribunal superior tiene la oportunidad de corregir, en su caso, los errores del inferior invocados en el recurso
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Fragmento 12
- III.3.1.
- III.3.2. En cuanto a la revocatoria de las medidas sustitutivas a la detención preventiva
- III.3.3. Respecto a la actuación de la Jueza de garantías
- REVOCAR