Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0789/2016-S1
Fecha: 25-Ago-2016
a)
Solicitaron se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) La inmediata reincorporación a sus fuentes laborales en sus mismos puestos de trabajo y niveles salariales; b) El pago de sueldos devengados al momento de la reincorporación con memorando de alta por el Gobierno Autónomo Municipal de El Alto; c) El pago del Bono 6 de marzo correspondiente a la gestión 2016; y, d) La restitución de paquetes de subsidio.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Se incorpora al ámbito de aplicación de la Ley General del Trabajo, a las trabajadores y los trabajadores asalariados permanentes que desempeñen funciones en servicios manuales y técnico operativo administrativo de los Gobiernos Autónomos Municipales de Capitales de Departamento y de El Alto de La Paz, quienes gozaran de los derechos y beneficios que la Ley General del Trabajo y sus normas complementarias confieren, a partir de la promulgación de la presente Ley, sin carácter retroactivo’
- Fragmento 18
- III.4. Respecto al cumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- Fragmento 20
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR