Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S3

    Fecha: 05-Ago-2016

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • Fragmento 5
    • II.1.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.2.  El alcance de lo previsto en el art. 398 del CPP y la exigencia de motivación en las resoluciones que disponen la detención preventiva
    • el límite previsto por el art. 398 del CPP a los tribunales de alzada, de circunscribirse a los aspectos cuestionados de la resolución, no implica que los tribunales de apelación se encuentren eximidos de la obligación de motivar y fundamentar la resolución por la cual deciden imponer la medida cautelar de detención preventiva, quedando igualmente obligados a expresar la concurrencia de los dos presupuestos que la normativa legal prevé para la procedencia de la detención preventiva, en el entendido que ésta última determinación únicamente es válida cuando se han fundamentado los dos presupuestos de concurrencia
    • deberá
    • Fragmento 12
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • i)
    • Fragmento 15
    • III.3.1. Otras consideraciones
    • CONFIRMAR

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca