SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2016-S3

Fecha: 05-Ago-2016

Fragmento 15

          Ahora bien, se tiene que los Vocales demandados no solo se limitaron a resolver la apelación en torno a los presupuestos establecidos en los   arts. 234 y 235 del CPP, sino también respondieron de manera razonable cada uno de los puntos impugnados, claramente en el Considerando Tercero advirtieron sobre los riesgos procesales no desvirtuados, siendo que esta situación fue cuestionada por ambos apelantes, concluyendo que conforme a la revisión del fundamento de la Resolución impugnada y de la “Resolución primigenia” se advirtió contradicción en relación a la subsistencia de riesgos procesales.