SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0823/2016-S3

Fecha: 09-Ago-2016

1)

1)  Con relación a la denunciada falta de motivación de la acusación en base a los elementos de convicción que la motivan, el auto apelado estableció de forma equivocada que para eso estaba el juicio oral; es decir, que recién en esa etapa el Fiscal de Materia se encargará de probar lo que manifiesta como ilícito, sin considerar que la acusación debe estar fundamentada conforme el art. 341.3 del CPP, por lo que la autoridad judicial debió compulsar los antecedentes con los presupuestos exigidos para la acusación;