Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0829/2016-S3
Fecha: 05-Ago-2016
II.2.
II.2. Mediante Resolución 108/2015 de 18 de marzo, el mencionado Juez Cuarto de Instrucción en lo penal de El Alto, rechazó la recusación, de conformidad al art. 320.II.1 del CPP modificado por la Ley 586 de 30 de octubre de 2014 -de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal-, disponiendo la remisión de los actuados ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en grado de consulta (fs. 5 a 6).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- CONFIRMAR