Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0910/2016-S3
Fecha: 29-Ago-2016
a)
Solicita se conceda la tutela y se disponga que “…la entidad accionada, a través de sus personeros, dé estricto cumplimento a la CONMINATORIA MTEPS/JDTCBBA/ Nº 84/2016, de 28 de marzo…” (sic), y: a) Se le restituya al mismo puesto de trabajo que ocupaba antes de su retiro; b) Se le cancelen sus sueldos devengados desde el momento del despido hasta su reincorporación; y, c) Se le restituyan los derechos y beneficios laborales que por ley le corresponden, en particular la reafilación al Seguro Social de corto plazo a cargo de la Caja Petrolera de Salud.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Presupuestos que hacen inejecutable las conminatorias de reincorporación laboral
- de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR