Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2016-S1
Fecha: 01-Sep-2016
concedió
El Juez Público Mixto Primero de Puerto Suárez del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución de 4 de mayo de 2016, cursante de fs. 193 a 198, concedió la tutela solicitada, disponiendo: 1) Dejar sin efecto las notificaciones de 6 y 14 de octubre de 2015 del Acta de Intervención Contravencional PSUZF-C-046/2015, y la Resolución Sancionatoria en Contrabando AN-PSUZF-RS 101/2015; y, 2) Realizar una nueva notificación de manera personal otorgándole la posibilidad de que pueda ejercer debidamente su derecho a la defensa y al debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Reiteración de jurisprudencia sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional cuando opera la subsidiariedad
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse,
- III.4 Análisis del caso concreto
- REVOCAR