SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0812/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

II.3

II.3     Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2015, Luis Ernesto Palomino Valdivia en calidad de representante legal de la empresa “FLEXICRUZ Ltda.”, solicitó la nulidad de las notificaciones diligenciadas en secretaria de la Aduana Zona Franca Comercial e Industrial Puerto Suárez de la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB, argumentando que fue grande su sorpresa al evidenciar que hubiese sido notificado con el Acta de Intervención Contravencional y la Resolución Sancionatoria en Contrabando, en secretaria, cuando lo correcto era que le notifiquen personalmente; por lo que, al amparo del art. 55 del Decreto Supremo (DS) 27113, peticionó la nulidad de obrados hasta el vicio más antiguo              (fs. 82 a 84).