SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0815/2016-S1

Fecha: 01-Sep-2016

denegó

El Juez Público de Familia Primero del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías, por la Resolución de 28 de abril de 2016, cursante de fs. 53 a 54 vta., denegó de la demanda de acción de amparo constitucional; bajo el siguiente fundamento: a) No se evidenció lesión al debido proceso, porque constatado el Auto de apertura de juicio de 14 de marzo de 2016, el mismo se encuentra con la firma de los tres jueces que componen el Tribunal Segundo de Sentencia Penal del mismo departamento, cumpliéndose lo previsto en el modificado art. 52 del CPP; y, b) El Auto de apertura de juicio tiene base en los arts. 342 y 343 del Código antes mencionado, porque no se evidencia que los hechos contenidos en este sean propios del tribunal de sentencia penal, sino un resumen de los hechos de la acusación fiscal, por lo que no se advirtió vulneración a la garantía procesal de la presunción de inocencia.