Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0836/2016-S1
Fecha: 01-Sep-2016
II.1.
II.1. Demanda de nulidad de Título Ejecutorial de 17 de marzo de 2015, presentada por Ybett Jimena Mogro Zeballos de Villarpando en representación legal de Patricia Jean Merubia Estabrooke, solicitando la nulidad absoluta de los Títulos Ejecutoriales PPD-NAL-370094 y PPD-NAL-370095 de las parcelas 005 y 006 correspondientes a la propiedad “Viña Pérdida” contra Robert Jules y Jorge Henry ambos Merubia Estabrooke (fs. 2 a 5 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos presuntamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- III.
- III.1.
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 12
- «’…en los casos en que se impugne tal labor como arbitraria, insuficientemente motivada o con error evidente, el estudio, dentro de las acciones de tutela, de la decisión impugnada, a los efectos de comprobar si la argumentación jurídica en la que se funda la misma es razonable desde la perspectiva constitucional -razonamiento que debe ajustarse siempre a una interpretación conforme a la Constitución- o si por el contrario, se muestra incongruente, absurda o ilógica, lesionando con ello derechos fundamentales o garantías constitucionales’
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR