Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2016-S1
Fecha: 08-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes, denunciaron la vulneración de sus derechos a la percepción del salario digno y justo, a la alimentación, salud vida, alegando que la autoridad demandada no les canceló sus sueldos desde el mes de junio de 2015, ni sus aguinaldos, a pesar de los reclamos realizados ante la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. La subsidiariedad como elemento constitutivo de la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, as
- III.4 Análisis del caso concreto
- el pago de sueldos devengados, se debe establecer que la justicia constitucional no se encuentra habilitada a determinar la dimensión ni la cuantía
- CONFIRMAR