SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2016-S2

Fecha: 12-Sep-2016

II.3.

II.3.  El 13 de abril de 2015, el representante del Ministerio Público, hizo conocer antecedentes del hecho y solicitó aclaración y complementación del Auto de Vista 83, pidiendo se considere que la opinión de la Contraloría no se constituye en norma ni verdad jurídica inamovible, correspondiendo a la autoridad jurisdiccional la investigación funcional de los hechos para establecer la comisión o no de los delitos denunciados; de tal manera, que no es necesario desde ningún punto de vista jurídico que exista una auditoría para determinar la existencia de un delito (fs. 11 a 14).