Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0932/2016-S2
Fecha: 26-Sep-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por intermedio de su representante sin mandato, denunció la vulneración de su derecho a la libertad, arguyendo que dentro el proceso penal que se le sigue por el delito de violencia familiar o doméstica, la autoridad demandada de manera injustificada, omite remitir las actuaciones de la apelación incidental, interpuesta contra el Auto Interlocutorio 411/2016 que dispuso su detención preventiva, al superior en grado en los plazos establecidos por el art. 251 del CPP; por lo que, tales actos dilatorios lesionan el principio de celeridad en los actos procesales relacionados al trámite del recurso de apelación, de la resolución que determine la detención preventiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación dela acción
- a)
- rechazó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. La improcedencia de la acción de libertad, cuando la detención ilegal o indebida que se denuncia ha cesado, se constituye en un entendimiento superado
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR