Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2016-S3
Fecha: 16-Sep-2016
2)
2) Por otra parte, en lo referente a la evaluación del riesgo procesal previsto en la norma del art. 234.10 del CPP, principal motivo de apelación y fundamento del Auto de Vista 147/016, que decidió la detención preventiva del hoy accionante, para su correspondiente evaluación, es preciso recopilar antes, lo resuelto al respecto en primera instancia, la exposición del agravio presentada por la apelante, y lo resuelto por el Tribunal de alzada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- i)
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- 2)