Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0975/2016-S3
Fecha: 16-Sep-2016
II.2.
II.2. El Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia, de Instrucción en lo Penal Primero -ahora Juzgado Público Mixto de Partido y de Sentencia Penal Primero- de Tarabuco del departamento de Chuquisaca, pronunció Auto de 13 de abril de 2016, por el cual dispuso la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva al hoy accionante, consistentes en: detención domiciliaria, presentarse al control correspondiente ante la Policía de Tarabuco lunes y viernes de cada semana, no consumir bebidas alcohólicas ni estupefacientes, arraigo nacional y la presentación de dos garantes solidarios y mancomunados (fs. 20 a 22).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- a)
- i)
- solo resulta exigible sino una precisa presentación por parte de los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución
- 2)