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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2016-S3

    Fecha: 23-Sep-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicitan se declare la “procedencia” de la presente acción de amparo constitucional, respetándose el derecho a la propiedad privada y ordenando a la parte demandada la desocupación inmediata de los mencionados terrenos, sea con la intervención de la fuerza pública, más el resarcimiento de daños y perjuicios, debiendo oficiarse al Comando Departamental de la Policía a objeto de hacer valer sus derechos.

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Presupuestos
    • i) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta  de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y, ii) Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga  probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela, debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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