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    AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2017-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0044/2017-RCA

    Fecha: 27-Ene-2017

    CONFIRMAR

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 10/2016 de 29 de diciembre, cursante de       fs. 379 a 382, emitida por la Jueza Publica Civil y Comercial Vigesimocuarta del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.3. Petitorio
    • a)
    • por no presentada
    • I.5. Síntesis de la impugnación
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • o de notificada la última decisión administrativa o judicial”
    • Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata”
    • II.3.  El petitorio en la acción de amparo constitucional
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • la acción de amparo constitucional podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada
    • la única relación de los hechos no es suficiente para fundamentar o precisar de qué manera éstos fueron vulnerados, suprimidos o restringidos,
    • CONFIRMAR

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