Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0284/2017-CA
Fecha: 11-Oct-2017
procederá en el marco de un proceso
Por su parte el art. 73.2 del CPCo, prevé que la: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son nuestras).
1. Nombre, apellido y generales de ley de quien interpone la acción, demanda, consulta o recurso, o de su representante legal, acompañando en este último caso la documentación que acredite su personería. Además deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- a)
- RESERVA LEGAL
- la Asamblea Legislativa Plurinacional, titular de la ‘competencia normativa’ en cuanto a la regulación del ejercicio del servicio notarial, en los hechos a transferido su competencia para tipificar sanciones administrativas a la Dirección del Notariado Plurinacional y Direcciones Departamentales, para que sean estas ́instancias administrativas ̀, la que tipifiquen a su libre arbitrio infracciones administrativas graves”
- 1)
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- la Asamblea Legislativa Plurinacional, titular de la ́competencia normativa ̀ en cuanto a la regulación del ejercicio del servicio notarial, en los hechos a transferido su competencia para tipificar sanciones administrativas a la Dirección del Notariado Plurinacional y Direcciones Departamentales, para que sean estas ́instancias administrativas ̀, la que tipifiquen a su libre arbitrio infracciones administrativas graves”
- RATIFICAR