Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2017-CA
Fecha: 23-Oct-2017
RATIFICAR
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud a lo establecido por el art. 83.II del Código Procesal Constitucional; resuelve: RATIFICAR la Resolución 150 de 6 de octubre de 2017, cursante de fs. 35 a 45 vta., pronunciada por el Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Potosí del Consejo de la Magistratura; y en consecuencia, RECHAZAR la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Remberto Elías López, Juez Técnico del Tribunal de Sentencia Primero de Tupiza del citado departamento.
- el Juez Disciplinario Primero
- Fragmento 2
- por supuestamente no asistir a convocatorias del Tribunal de Sentencia de Uyuni, para por la fuerza ser el tercer Juez en esa localidad y llevar adelante los juicios y convocatorias que cesaron a principios de este año y hasta el presente por haberme ya en la mayoría de los procesos excluido y recién llevar los procesos con dos jueces, pero que algunas de las partes cuestionan la legalidad o ilegalidad de la participación de dos jueces, por la falta expresa de una regulación normativa, lo que obliga a que interponga esta acción de inconstitucionalidad
- Fragmento 4
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- también es
- II.4. Análisis del caso concreto
- RATIFICAR