AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0375/2017-RCA

Fecha: 18-Oct-2017

1)

El Juez Público de Familia Sexto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por providencia de 5 de junio de 2017, cursante a fs. 22, observó esta acción popular, disponiendo que en el plazo de tres días, subsane los siguientes aspectos: 1) Cumplir con lo previsto en el art. 33.1 del Código Procesal Constitucional (CPCo), en cuanto a señalar su dirección de correo electrónico personal u otro medio alternativo de comunicación inmediata; 2) Precisar el elemento fáctico referido a los hechos que sirven de fundamento a la acción y los actos impugnados, los derechos o garantías invocados como lesivos, “debiendo tener presente la naturaleza de la acción de amparo constitucional”; y, 3) Aclarar si solicitó el cumplimiento de los derechos amenazados a las autoridades demandadas.