AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2017-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0388/2017-RCA

Fecha: 24-Oct-2017

improcedente

La citada Jueza de garantías, por Resolución 29/17 de 11 de septiembre de 2017, cursante a fs. 302 y vta., declaró improcedente la acción tutelar, fundamentando que no cumplieron con la subsanación del nexo de causalidad con el derecho al debido proceso, más aún cuando mencionan que no se encuentran derechos consolidados y sin haber agotado el trámite de oposición. A su vez indicó que no solo incumplen lo observado sino que existe una “…notoria contradicción al tener en antecedentes, contrariamente estar consolidado el derecho del adjudicatario por efecto de los Autos de Vista de 22 de septiembre de 2016 y complementario de 30 de septiembre de 2016 de fs. 154 y 158 respectivamente, adjuntados por la misma accionante, fallos referentes al incidente de nulidad de la subasta del proceso, lo que hace a la falta de la causalidad de la presente acción de amparo constitucional…” (sic), desobedecen lo previsto por el art. 33. 4 y 5 del Código Procesal Constitucional (CPCo).