AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2017-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2017-O

Fecha: 04-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

Los denunciantes alegaron que la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, pese a existir una Certificación de su Secretario de Cámara respecto a que no consta acta de cumplimiento del desapoderamiento ordenado por Resolución 11 de 9 de febrero de 2010, dispusieron mediante Auto de Vista 236 de 28 de julio de 2015, la restitución de los predios donde ellos tienen sus viviendas, a los demandados, Benjamín Trujillo, Adela de Trujillo, Pablo Beizaga, Carlos Coimbra Zeballos, Richard Baldiviezo Rivera y Olvis NN y otros, no obstante que la SCP 0127/2013-L de 20 de marzo, no mencionó que los predios tengan que restituirse a los desapoderados.