DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2017

Fecha: 18-Oct-2017

A la libre determinación y territorialidad.

Estos derechos, establecidos en el art. 30. II de la CPE, son los siguientes: “A existir libremente. A su identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión. A la libre determinación y territorialidad. A que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado; a la titulación colectiva de tierras y territorios. A la protección de sus lugares sagrados; a que sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y sus símbolos y vestimentas sean valorados, respetados y promocionados. (…) Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles” (las negrillas nos pertenecen).

Asumimos el reto histórico de construir colectivamente el Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, que integra y articula los propósitos de avanzar hacia una Bolivia democrática, productiva, portadora e inspiradora de la paz, comprometida con el desarrollo integral y con la libre determinación de los pueblos, se establecen las directrices axiológicas que guiarán el nuevo orden constitucional hacia la construcción colectiva del Estado, con la libre determinación de los pueblos, el cual constituye la base del reconocimiento del principio de pluralismo en todo el texto constitucional.