SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0069/2017
Fecha: 24-Oct-2017
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso presente, la problemática planteada tiene por objeto dirimir un conflicto de competencias, reclamado por autoridades de la jurisdicción IOC del Consejo de los Ayllus Aransaya y Urinsaya de Tola Pampa, departamento de Potosí, a la jurisdicción agroambiental, dentro de un proceso de supuesto avasallamiento de tierras que cuentan con Título Ejecutorial Colectivo.
En ese entendido y siguiendo los fundamentos del apartado III.1 de la presente Sentencia Constitucional, por imperio del art. 202.11 de la CPE, le corresponde al Tribunal Constitucional Plurinacional, conocer y resolver las controversias competenciales suscitadas entre las jurisdicciones IOC y la agroambiental. En el caso en análisis, las autoridades IOC argumentan en su memorial, que no obtuvieron respuesta positiva ni negativa por parte del Juez Agroambiental de Cotagaita, en consecuencia, pasados los siete días de haber activado el conflicto de competencias acudieron al máximo Tribunal de garantías constitucionales.
- conflicto de competencias jurisdiccionales
- I.1. Contenido de la demanda
- I.1.1. Hechos que motivan el conflicto de competencias planteado
- I.2. Admisión y notificaciones
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- (COMPETENCIA).
- III.2.
- sea que actúen como actores o demandados, denunciantes o querellantes, denunciados o imputados, recurrentes o recurridos’
- siempre y cuando concurran los otros ámbitos de vigencia establecidos en la Constitución Política del Estado
- conoce los asuntos indígena originario campesinos de conformidad a lo establecido en una Ley de Deslinde Jurisdiccional
- III.3. Análisis del caso concreto
- Procedimiento previo
- son comunarios con domicilio en la predios cito en la localidad “Cerdas”
- el ámbito material.
- ámbito de vigencia territorial
- COMPETENTE