SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1014/2017-S3

Fecha: 04-Oct-2017

d)

d)    Respecto a la concurrencia del art. 234.11 del CPP, se estableció que: “En el presente caso, no existe prueba alguna para poder demostrar la concurrencia de este presupuesto, toda vez que este presupuesto es contradictorio con los demás presupuestos del mismo articulado, que no fueron calificados en el momento, es decir en la situación jurídica de la imputada, por lo que el Num. 11) del Art. 234 del CPP, en el caso presente, no existe” (sic); y,