SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1037/2017-S3

Fecha: 10-Oct-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes consideran vulnerados sus derechos al debido proceso, a la igualdad procesal y a la defensa, por cuanto habiéndose realizado la notificación al denunciante con la Resolución de rechazo de denuncia el 5 de noviembre de 2014 en el Tablero de la Fiscalía Departamental de Beni, esta de forma totalmente irregular e ilegal, fue nuevamente notificada en forma personal al denunciante después de dos años; es decir, el 3 de enero de 2017, sin que para ello hubiese existido ningún Auto motivado que disponga la nulidad de la primera notificación, a cuyo efecto el denunciante el 10 de ese mismo mes y año presentó memorial objetando el rechazo, el cual no le fue corrido en traslado desconociendo los argumentos esgrimidos en él, dejándolos en absoluta indefensión, posteriormente el Fiscal Departamental de Beni, sin observar la irregularidad manifiesta resolvió dicha objeción determinando la revocatoria de la Resolución de rechazo de denuncia, fallo que de igual manera tampoco fue de su conocimiento.